jueves, 7 de mayo de 2009

VOLUNTARIOS PARA SBA

VOLUNTARIOS PARA SBA

La división de menores del Club Sport Boys, tiene ya una villa rosada en la región Callao y se encuentra listo para iniciar su participación en diferentes categorías de la segunda división. Requerimiento de diferentes profesionales voluntarios de las áreas de salud física, salud mental, nutrición, educación y ciencias sociales para formar 300 niños y adolescentes integralmente. Este apoyo voluntario será reconocido con certificación y referencias.
Los interesados pueden comunicarse con el presidente de menores, Sr. Hugo Navarrete al 5611225 / 994261977 / nextel 4261977. También via email: hugonavarretea@yahoo.com y menores@sportboys.com.pe

La fecha límite para esta convocatoria es el 15 de mayo.

INGENIERO INDUSTRIAL

ORGANIZACIÓN DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIAL
INGENIERO INDUSTRIAL
Requisitos:
-Ingeniero Industrial Titulado
-Amplio conocimiento en computación
-Capacidad de trabajo en equipo
-03 años de experiencia en el cargo.
Los interesados enviar Curriculum Vitae al e-mail quimico_farma@yahoo.es indicando pretensión económica.

Puerto Rico/Arrestan a indpendentistas que irrumpen en Congreso EEUU

De: Raul Max - raulmaxboricua@yahoo.com.ar
Fecha: Mié, 6 de May, 2009 10:21 am
Asunto: Puerto Rico/Arrestan a indpendentistas que irrumpen en Congreso EEUU

Arrestan a independentistas que irrumpieron en Congreso de Estados Unidos
Seis boricuas reclaman con desobediencia civil en el hemiciclo de la Cámara baja la libertad de Puerto Rico.



Por José A. Delgado/ jdelgado@elnuevodia.com
WASHINGTON - Cantando "Oubao Moin" y reclamando al Gobierno federal que defina qué quiere hacer con Puerto Rico, un grupo de seis puertorriqueños efectuó hoy un acto de desobediencia civil en el hemiciclo de la Cámara de Representantes de Estados Unidos.

Los manifestantes, incluidos artistas y trabajadores, le pidieron al presidente Barack Obama y al Congreso federal - esta vez con un mensaje de paz -, que le otorguen ya la independencia a Puerto Rico.

Los artistas Luis Enrique Romero, María "Chabela" Rodríguez y José Rivera (Tony Mapeyé), así como el diseñador mecánico Luis Suárez, la enfermera Eugenia Pérez-Martijo y el obrero jubilado Ramón Díaz llevaron a cabo la protesta portando banderas de Puerto Rico y cartelones que leían "111 años de coloniaje es una vergüenza". El cantante y actor Carlos Esteban Fonseca acompañó a los manifestantes, pero se mantuvo alejado de la protesta.



La Policía del Capitolio arrestó a los seis manifestantes y los trasladaron en una guagua a la estación de la Policía del Capitolio.

Manuel Rivera, asesor legal del grupo, dijo que esto puede significar que les acusarían de conducta indebida o interrumpir los procedimientos del Congreso.

Pudieran enfrentarse a penas máximas de $500 de multa y seis meses de cárcel.

Pero, si son tratados como desobedientes civiles, la multa podría ser menor y quizás ser liberados en cuestión de horas.

Previamente, las autoridades de la Cámara de Representantes los sacaron de las gradas antes que pudieran leer una declaración que habían preparado con ocasión del evento. La seguridad del Capitolio detuvo al grupo de manifestantes y posteriormente éstos fueron arrestados.

"Nosotros, siete puertorriqueños, hemos llegado hasta aquí para protestar por el coloniaje a que está sometido Puerto Rico. Venimos en buena voluntad, en paz. Queremos ser una nación libre", indicó Suárez.

En declaraciones a El Nuevo Día, los manifestantes dijeron que la fecha seleccionada no tuvo ningún simbolismo.

Reconocieron que su manifestación pacífica contrasta con el ataque a tiros que cinco nacionalistas realizaron el 1 de marzo de 1954 desde las mismas gradas de la Cámara de Representantes federal que ellos mismos ocuparon. Pero, indicaron que el mensaje en contra de la situación colonial era el mismo.

"No somos políticos, somos gente, común y corriente", señaló Romero, quien ha hecho teatro, televisión y cine durante las últimas tres décadas en Puerto Rico.

Para su colega Fonseca, miembro del grupo Caribe Gitano, el reclamo a favor de la descolonización e independencia de Puerto Rico tiene que hacerse en Washington. "Nuestros legisladores ni siquiera nos pueden garantizar espacio en nuestros canales de televisión, pues es un campo ocupado por el Gobierno federal", dijo.

"Quienes tienen que resolver el status son ellos", agregó, por su parte, Suárez.

Los desobedientes señalaron que su manifestación fue organizada desde hace varios meses y que era sólo una coincidencia que ocurriera a pocos días de que el comisionado residente en Washington, Pedro Pierluisi, presente su proyecto de ley que promoverá una consulta federal sobre el futuro político de Puerto Rico. Fue en la oficina de Pierluisi que los manifestantes obtuvieron sus boletos para entrar al hemiciclo cameral.

"La libertad no se somete a procesos electorales. Los esclavos no hacen referendos para ser esclavizados", comentó, por su parte, el obrero jubilado Díaz.

Los desobedientes civiles le enviaron cartas al presidente Obama, a la presidenta de la Cámara de Representantes, Nancy Pelosi, y al vicepresidente de Estados Unidos, Joseph Biden, en su carácter de Presidente del Senado. "Puerto Rico ha sido una colonia por 111 años: una condición colonial humillante en el siglo 21. Ya es tiempo de que este crimen en contra de nuestra gente, sea resuelto", indicaron en las cartas.




Enviada por:




Movimiento Independentista Nacional Hostosiano

Zona de Mayaguez

INVITACION FORO EN SATIPO Y CHANCHAMAYO

De: organizacion de desplazados - tarinacuyves@yahoo.es
Fecha: Mié, 6 de May, 2009 7:43 pm
Asunto: Re: [dglocal] INVITACION FORO EN SATIPO Y CHANCHAMAYO

hola a todos mis paisanos,apoyamos infinitamente al foro que se realisara en satipo ,por que nosotros somos victimas y dezplasados de satipo del anexo de marankiari -alto paureli ,aqui en lima tenemos formado nuestra organizacion de desplazados por la violencia politica de nombre.TARINACUY de villa el salvador en version quechua ,en castellno es reencuentro, me alegra muchisimo que aqui no se quedan atras ,soy bien satipeña y me alegra mucho sobre el abanse que ay.
atentamente teodora cardenas loa presidenta de la organizacion.



De: Edinson Espiritu-AMA ovayeeriashaninkaperu@yahoo.es
Asunto: [dglocal] INVITACION FORO EN SATIPO Y CHANCHAMAYO
Para: "Red Intercultural Bilingue AMA" - ASOCIACIONINDIGENADELPERU@yahoogroups.com
Fecha: miércoles, 6 mayo, 2009 11:29




Asociación Foro de la Sociedad Civil en Salud Forosalud y la Ama Asociación Indígena del Perú AMA y otros actores comprometidos con el desarrollo de la amazonia de la selva central del Perú.



INVITAN A PARTICIPAR EN LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:



· Foro provincial en Satipo "Balance de la ley marco de aseguramiento universal en salud - Salud psicosocial y ambiental en la selva central".



DIRECCION: Jr. Manuel Prado 559 - Satipo



LOCAL: Restaurante Turístico El Bosque



DIA: Miércoles



FECHA: 27 de Mayo del 2009



HORA DE INICIO: 9:30 am HORA DE TERMINO: 6:00 pm



HORA DE TRABAJO: 8 HORAS





CONTACTO:

Edinson Espiritu

e: aamaperu@yahoo. es

Tel. 247627

Cel. 964 289200



· Foro provincial en La Merced-Chanchamayo "Balance de la ley marco de aseguramiento universal en salud - Salud psicosocial y ambiental en la selva central".



DIRECCION: La Merced-Chanchamayo



LOCAL: Auditórium de la Biblioteca Municipal de Chanchamayo (Por confirmar)



DIA: Jueves



FECHA: 28 de Mayo del 2009



HORA DE INICIO: 9:30 am HORA DE TERMINO: 6:00 pm



HORA DE TRABAJO: 8 HORAS



CONTACTO:

Edinson Espiritu

e: aamaperu@yahoo. es

Tel. 247627

Cel. 964 289200


http://aamapresiden te.blogspot. com/2009/ 04/participacion -de-las-madres- los-padres. html

Se realizo Taller en Gloriabamba.




http://aamapresiden te.blogspot. com/2009/ 04/taller- en-la-comunidad- indigena. html

Se realizo Taller en Panga



http://aamapresiden te.blogspot. com/2009/ 04/taller- en-la-comunidad- indigena_ 26.html

Se realizo Taller en Tsiriari



http://aamapresiden te.blogspot. com/2009/ 04/taller- en-la-comunidad- indigena_ 27.html

Se realizo Taller en Teoria



http://aamapresiden te.blogspot. com/2009/ 04/alcalde- del-distrito- llaylla.html

Alcalde del Distrito de Llaylla coloco la primera piedra en la Construccion de la Loza Deportiva - Teoria.




Pasaje. Marticorena N° 106 (Paradero La Legua - UNCP), El Tambo-Huancayo- Perú
Tel. (0051-064) 247627 Cel. (0051-064-964) 289200
aamaperu@yahoo. es, ovayeeriashaninkape ru@yahoo. es, ovayeeri@hotmail. com
http://es.groups. yahoo.com/ group/ASOCIACION INDIGENADELPERU/
http://aamapresiden te.blogspot. com

VIDEO: Crisis alpaquera en Huancavelica

De: RADIO - TIERRA FECUNDA - tierrafecunda@cepes.org.pe
Asunto: VIDEO: Crisis alpaquera en Huancavelica
Fecha: lunes, 4 mayo, 2009, 10:50 am


La crisis de los bajos precios de la fibra de alpaca

El efecto de la caída del precio de la fibra de alpaca viene agudizando la situación económica de los más de 10 mil familias dedicadas a la crianza de alpacas, llamas y ovinos. Ello se expresa en la extrema pobreza, la desnutrición y el analfabetismo de los pobladores de la región Huancavelica.

http://www.youtube.com/watch?v=U-vCZHtI8Gk

Los alpaqueros señalan que Huancavelica siempre ha sido subyugada. Por ejemplo, si los productores de Puno reciben bajos precios por la fibra de alpaca, los de Huancavelica reciben mucho menos, con la injusta excusa que su fibra es más gruesa.

Hace un año, la fibra de mejor calidad estaba entre 12 y 14 soles la libra y ahora está entre 3 y 5 soles. Como consecuencia, el ingreso mensual por familia alpaquera huancavelicana es de 300 soles, lo cual hace poco atractivo seguir con dicha actividad.



En el reportaje que presentamos, recogemos la preocupación de los alpaqueros huancavelicanos. (CEPES)

artículo, es un análisis que hace el Sr. Alfredo Cafferata, sobre el Convenio de la OIT

Para el Blog, los archivos adjuntos.

---------- Forwarded message ----------
From: Elsa Castañeda
elsa@quorum-sc.com

Date: 15-abr-2009 12:20
Subject: RE: Consulta



Listo!.

Le paso un artículo, es un análisis que hace el Sr. Alfredo Cafferata, sobre el Convenio de la OIT


Gracias
Elsa


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CONVENIO 169 DE LA OIT VF 170309

CONVENIO OIT 169: Problemas y propuestas

Alfredo J. Cafferata Farfán (*)

Los Conflictos Sociales y el Convenio OIT 169

Según los reportes de la “Defensoría del Pueblo” los conflictos sociales que sobresalen en los últimos años son aquellos que, tipificados como socio ambientales, generalmente ocurren entre los pueblos, las comunidades campesinas o nativas y los proyectos de empresas dedicadas a la exploración o explotación de recursos mineros o de hidrocarburos. Los motivos son diversos, temor de perder sus recursos, deterioro de sus condiciones de vida por presuntos impactos ambientales, problemas en la autorización o permiso para el uso de parte de sus territorios o problemas que surgen de negociaciones no satisfactorias.

En cualquier caso, uno de los argumentos que más invocan las comunidades reclamantes y la red de actores sociales que los apoyan es que se aplique o cumpla con el Convenio OIT 169 “Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes” que el Estado Peruano suscribiera en 1989 y ratificara luego en el año 1994. Dos ejemplos sobre este particular:

• El 20 de Junio de 2007 un grupo de comunidades (55) ubicadas en el Río Santiago (Dpto. de Amazonas) se pronunciaron en contra del desarrollo de exploraciones y explotaciones de hidrocarburos en esa cuenca invocando “la Constitución Política, la Ley de Comunidades Nativas 22157 y el Convenio 169 de la OIT” (1).

• Desde el año 2005, la Red Muqui, un conjunto de organizaciones no gubernamentales que “promueven el desarrollo sostenible y la defensa de los derechos de las comunidades y pueblos en áreas de influencia minero metalúrgica”, viene proponiendo un proyecto que incluya en la legislación sobre participación ciudadana los aspectos centrales del Convenio OIT con el añadido que los resultados de las consultas a estas poblaciones sean “mandatorias” para el Estado (2).

Sin entrar en mayores detalles, lo cierto es que la inversión privada, sobre todo en el sector minero y de hidrocarburos, tiene ante sí un movimiento social que de diversas maneras se opone a su desarrollo invocando la aplicación de un Convenio que tiene fuerza de Ley desde que fue suscrito y ratificado por el Estado Peruano.

Por otra parte los gobiernos, a pesar de que han pasado ya 19 años desde que aquel acuerdo entró en vigencia no han logrado desarrollar plenamente las políticas que permitirían cumplir con los compromisos que emanan de ese instrumento jurídico internacional.

(*) Con la colaboración de Antonio Ríos Rodríguez, Consultor de Quórum Social Consulting
En este contexto, la aplicación del Convenio 169 se ha convertido en un tema de confrontación en lugar de ser, conforme lo prescribe esa norma, la vía a través de la cual se logre, sin pérdida de su integridad e identidad cultural, la integración de los pueblos y comunidades campesinas y nativas al desarrollo nacional. Cabe preguntarse, entonces: ¿es posible que la aplicación del citado Convenio, siga siendo fuente de mayores conflictos sociales o, más bien le da al o los gobiernos, la posibilidad de reconciliarse con los sectores históricamente excluidos en nuestra sociedad y, a su vez, la oportunidad de generar un clima de armonía para la inversión y el desarrollo del país?

Aspectos fundamentales del Convenio 169 y el Estado de Derecho

Para dar respuesta a lo planteado recordemos en síntesis qué prescribe el Convenio OIT 169 “Sobre pueblos indígenas y tribales, 1989”. Al respecto, teniendo en cuenta que el principal objetivo de este acuerdo es proteger los derechos e integridad de las pueblos tribales o indígenas en los países independientes, la definición que provee este documento sobre tales poblaciones (Art. 1) alcanzaría en nuestro caso a las comunidades campesinas y nativas (3) que se ubican principalmente en la sierra y selva del país respectivamente.

En efecto, las comunidades campesinas, denominadas indígenas hasta antes de la reforma agraria en 1969, sobre todo las andinas, pueden ser consideradas indígenas porque cumplen con dos de las principales características que demanda la OIT; provienen históricamente de pueblos anteriores a la conquista y conservan parte de sus instituciones sociales, económicas, culturales, etc.

Asimismo, las denominadas comunidades nativas constituye la forma en que se ha reconocido en el Perú a las organizaciones tribales de la selva que, conforme al Convenio, no sólo se distinguen social y culturalmente del resto de la población del país, sino que conservan, aún más que las comunidades andinas, sus propias costumbres o tradiciones.

Bajo estas consideraciones, los aspectos fundamentales de este acuerdo son los siguientes:

a) Los gobiernos son los responsables de la aplicación de este Convenio en todos sus aspectos y lo harán con la participación y cooperación de las comunidades (campesinas y nativas) objeto de esta legislación (Arts.: 2, 6, 7, 13, 14, 15, 20, 25, 27, 30, 32, 33)
b) Los gobiernos protegen los derechos ciudadanos de las comunidades campesinas y nativas, incluidos los derechos humanos internacionalmente reconocidos y, a su vez los derechos sociales, económicos y culturales de estas poblaciones (Arts. 2, 3 y 4). Sobre esto último, el Convenio destaca en forma expresa los que a continuación se indican:

• El derecho a decidir sus prioridades en lo que atañe a su desarrollo y de controlar, dentro de lo posible su desarrollo económico, social y cultural (Art. 7).
• El derecho a conservar sus costumbres e instituciones incluido el reconocimiento del derecho consuetudinario, siempre que todo ello sea compatibles con los derechos fundamentales y humanos que reconoce el sistema jurídico nacional e internacional (Art. 8).
• Derecho de propiedad y posesión sobre las tierras que ocupan y, en el caso de pueblos nómades y de agricultores itinerantes, a las tierras a las que acceden según la costumbre para sus actividades tradicionales y de subsistencia (Art. 14).
• El derecho al uso, administración y conservación de los recursos naturales que se encuentran en sus tierras. En el caso que los recursos del subsuelo pertenezcan al Estado, los Gobiernos deberán establecer procedimientos de consulta a fin de determinar en qué medida las comunidades pueden ser perjudicadas antes de emprender o autorizar cualquier proyecto de exploración o explotación en esos terrenos. Las comunidades deberán participar, siempre que sea posible, de los beneficios que reporten esas actividades y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir (Arts.15)
• Ampliando lo anterior se establece que los casos que deba trasladarse de sus tierras a la población deberán hacerse las consultas previas para lograr el respectivo consentimiento. De no ser posible un acuerdo se seguirán los procedimientos dispuestos en la legislación nacional, previendo en todos lo casos, que los pueblos reciban tierras por lo menos iguales a las que tenían y que les permitan garantizar su subsistencia y desarrollo futuro. Si los pueblos prefieren una indemnización en dinero o especies, esta deberá serles concedida con las garantías apropiadas (Art. 16).

c) Al aplicar las disposiciones de este Convenio los gobiernos deberán desarrollar procedimientos de consulta apropiados y de buena fe a través de las instituciones representativas de estas poblaciones con la finalidad de llegar a acuerdos o lograr el consentimiento acerca de las medidas legislativas o administrativas que puedan afectarles. Igualmente debe preverse el modo en que las comunidades pueden participar libremente en las decisiones de los organismos responsables de las políticas que les conciernen (Art. 6).

d) Los gobiernos deberán velar, siempre que haya lugar, porque se efectúen estudios en cooperación con las comunidades a fin de evaluar los posibles impactos sociales, culturales y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo puedan tener sobre estos pueblos. Los resultados de estos estudios deben constituirse en criterios fundamentales para la ejecución de las actividades previstas (Art. 7).

e) La protección contra la violación de estos derechos debe estar garantizada por el Estado, de modo que los pueblos puedan “iniciar procedimientos legales, sea personalmente o bien por conducto de sus organismos representativos, asimismo los gobiernos “deberán asegurarse que existan instituciones u otros mecanismos para administrar los programas que afecten a estos pueblos y que tales instituciones o mecanismos dispongan de los recursos necesarios”... (Art. 12 y 33).

También es responsabilidad del gobierno, conforme a este Convenio dotar a las comunidades, respetando su cultura, del acceso adecuado a la educación y la salud con el objeto de garantizar la calidad del capital humano y asimismo ofrecer las condiciones que permitan mejorar las capacidades laborales y oportunidades de trabajo que se presentan a las comunidades con el crecimiento de las inversiones y nuevas actividades económicas.

Todas estas disposiciones en la medida que son parte de un Convenio Internacional aprobado por el poder legislativo y ejecutivo son de cumplimiento obligatorio por parte del Gobierno. En este sentido y conforme al principio de legalidad de todo Estado de Derecho, el o los gobiernos no tienen otra alternativa que aplicar lo ya normado por ese instrumento jurídico, pues, de otro modo, como viene ocurriendo, se mantiene la muy denunciada debilidad del Estado de Derecho por una parte y, por otra, se da motivo para que los grupos sociales cuyos intereses se consideran afectados reclamen por lo que consideran es justo y legítimo.

Cabe agregar que el Convenio, en el caso del Perú, se ajusta plenamente al tratamiento que desde el punto de vista Constitucional se les da a las comunidades campesinas y nativas del país, no sólo reconociendo como un derecho la pluralidad étnica y cultural, sino también la autonomía de esas organizaciones, la propiedad sobre sus tierras y el derecho a hacer uso de sus normas consuetudinarias (4).

Bajo estas consideraciones, el Convenio 169, en lugar de constituir un argumento más o menos permanente de conflicto social, debiera ser parte fundamental de una política que fortalezca el Estado de Derecho, resuelva las fracturas históricas que existen en relación con las comunidades campesinas y nativas y, a la vez, permita avanzar en la integración y desarrollo armónico o equilibrado del país sin menoscabo del pluralismo sociocultural que caracteriza a nuestra sociedad ni de tipos de actividades económicas específicas.

Los antecedentes del Convenio, sus dificultades y los proyectos de inversión

Este Convenio no es nuevo. Es una continuación y renovación del acuerdo que bajo el mismo nombre (Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes) se suscribió en 1957, lo cual quiere decir que los compromisos internacionales que el Estado Peruano ha asumido para la integración de las comunidades campesinas y nativas al desarrollo nacional ya lleva más de 50 años, sin embargo, como es evidente, estas poblaciones siguen siendo las que mayor pobreza y exclusión exhiben en los diversos estudios que se hacen sobre la realidad del país.

¿Qué ha pasado en todo este tiempo y qué hicieron los Gobiernos? Consideramos que se pueden destacar tres momentos de nuestra historia más reciente: El primero, correspondiente al Gobierno Militar que insurgió en 1968, marcó la etapa en la cual, tras una reforma agraria demandaba por amplios sectores de la opinión pública y nuestra clase política (5) se bloqueó, por lo menos en ese momento un período de crisis y violencia que ponía en jaque a la sociedad y Estado peruano. La liquidación de las formas serviles que todavía dominaban parte de la sociedad peruana y que terminó con el fenómeno gamonalista permitió que se extendiera el reconocimiento de las comunidades campesinas y sus derechos sociales y, al mismo tiempo que formalmente con la ley 20653 de comunidades nativas (1974) se diera una legislación especial para las organizaciones tribales de la selva y sus derechos territoriales.

El segundo momento corresponde al período posterior a la grave crisis económica social y política que se produjo en el país entre el segundo gobierno de Fernando Belaúnde Ferry y el primero de Alan García. En esta etapa, los avances que se pudieron hacer con una ley de comunidades campesinas creando un organismo ad-hoc para la promoción de su desarrollo y otra para la titulación de sus tierras (Leyes 24656 y 24657 del año 1987) fueron ineficaces frente a la gravedad de la crisis económica que se agudizaba por la violencia terrorista que se desarrolló en esas circunstancias.

Los perjuicios que esta situación produjo en el seno de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y selva del país no son comparables con las de ningún otro grupo social. Se produjo un grave retroceso en la situación de los campesinos frente a los derechos que preservaba y promovía el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales del año 1957.

El tercer momento corresponde a los cambios drásticos que se producen en el país a raíz de su inserción a la economía de mercado a partir del gobierno de Alberto Fujimori y que, con algunas variaciones de orden político, se extiende hasta hoy. En esta etapa se cierra la grave crisis económica de la década de los 80 y se empieza una de crecimiento económico sostenido que nos ubica dentro de los países emergentes, especialmente atractivo para grandes inversiones del capital privado, pero a la vez se ponen de manifiesto graves brechas económico sociales que afectando en especial, nuevamente a las comunidades andinas y nativas, muestra la extraordinaria debilidad del Estado para atender los problemas de estas poblaciones y para cumplir con el renovado compromiso de integrar a estas comunidades en el desarrollo nacional, tal como prescribe el Convenio OIT 169 del año 1989.

En efecto, a pesar de que desde el Gobierno de Alberto Fujimori y luego con los Gobiernos de Alejandro Toledo y Alan García se ha ampliado el marco legal para proteger el derecho de estas comunidades conforme al Convenio (6), los resultados lejos de ser satisfactorios, nos muestran, a la luz de los Reportes de Defensoría del Pueblo que los conflictos sociales se incrementan alrededor de la política gubernamental en los sectores minero y de hidrocarburos (7) teniendo como telón de fondo el reclamo por la falta de cumplimiento del tanta veces citado acuerdo.

En nuestro concepto y a la luz de la síntesis que hemos presentado del Convenio 169, buena parte de los conflictos sociales a los que aludimos estarían motivados porque a pesar de los avances existentes en materia normativa hay aspectos fundamentales del referido compromiso internacional que no se vienen cumpliendo o se aplican de modo insatisfactorio. Estos, desde nuestro punto de vista, son los siguientes:

a) El o los gobiernos olvidaron o debilitaron la responsabilidad política que les compete en la conducción y cumplimiento del Convenio. Lejos de buscar la participación y la cooperación de las comunidades en los planes y programas que les concernían o de dirigir las debidas consultas cuando sus intereses pudieran ser afectados, como lo dispone el citado Convenio, optaron por delegar gran parte de estas responsabilidades en el sector privado, de modo que en lugar de que el gobierno asuma en coordinación con las comunidades el diálogo sobre sus políticas de inversión privada, este coordina con las empresas y proyectos privados para que, previa autorización, lleven a cabo las consultas pertinentes.

b) No existen los organismos ni los mecanismos que en forma clara o explícita asuman o permitan la defensa de los derechos de las comunidades y menos aún de aquel que pueda coordinar o supervisar los diversos programas que en aplicación del Convenio 169 reduzcan las desigualdades de esta población con el resto. La desaparición de la Dirección de Comunidades del Ministerio de Agricultura y del Instituto Nacional de Desarrollo de las Comunidades Campesinas y, la extrema debilidad del Instituto Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA), sin capacidad o facultades para hacerse cargo del cumplimiento a nombre del Estado del citado Convenio, confirman lo que afirmamos.

c) En los beneficios que la legislación peruana prevé a favor de las poblaciones donde se realizan las actividades mineras o de hidrocarburos la legislación sobre el canon, el mayor recurso que producen estas actividades, sólo favorece a las jurisdicciones regional, provincial y distrital sin que exista obligación alguna por parte de esos niveles de Gobierno para dar prioridad al desarrollo de las comunidades campesinas o nativas donde se ubican esas explotaciones tal y como manda el Convenio 169. Sólo en el caso de las regalías mineras que rigen desde el año 2004, las comunidades campesinas donde se ubica la mina reciben un 20% de lo que se destina al distrito al cual pertenecen.


En este estado de cosas es natural que este acuerdo internacional se haya convertido en parte de las reivindicaciones o de los reclamos de las comunidades campesinas y nativas y que, a su vez, con el apoyo de una extensa red de actores sociales haya devenido en un movimiento de denuncia social que afecta a las empresas inversionistas y la política que en esta materia tiene el Estado.

A pesar de ello y teniendo en cuenta que, por su naturaleza, este Convenio tiende a fortalecer el Estado de Derecho y desde luego los derechos que le corresponden a las comunidades campesinas y nativas, la posibilidad de su cabal cumplimiento por parte de los gobiernos abre la perspectiva de un desarrollo equilibrado, de mayor armonía, en el cual se respeten y concilien los intereses de la inversión privada, la función del Estado y los derechos de los pueblos mencionados.

Esto no quiere decir que los conflictos vayan a desaparecer, pues, en tanto los intereses de las empresas y de las comunidades no son los mismos y no siempre hay comunión entre las políticas del Estado y las aspiraciones o expectativas de la sociedad, la divergencia y los reclamos o movimientos de carácter social no van a cesar, sin embargo, la existencia de instituciones fuertes que defiendan y promuevan el desarrollo del lado más débil de la sociedad, dan las garantías para que institucionalmente prevalezca el diálogo, la negociación y los acuerdos, antes que el conflicto.


Propuestas para resolver los problemas asociados al Convenio 169.


Primero, con el objeto de recuperar la confianza de las comunidades en el Gobierno y de paso abrir institucionalmente mecanismos de diálogo que aseguren el cumplimiento de los acuerdos que se puedan tomar es necesario constituir o designar el organismo que a nombre del Estado asuma la defensa de los derechos de las poblaciones que viven en las comunidades tal y como lo prescribe el Convenio 169.

En la alternativa de designar un organismo ya existente, consideramos que Defensoría del Pueblo, por sus atribuciones, defensa de los derechos fundamentales de la comunidad, por su independencia y jerarquía dentro del Estado y por la experiencia que viene desarrollando en la defensa de las comunidades y su medio ambiente (8), podría ser la institución más indicada para cumplir esa labor.

Segundo, otra medida importante sería la modificación, dentro de una estrategia de sistematización de las normas que tienen que ver con la aplicación del Convenio, de los DS 012 y 028-2008-EM a fin de que, por una parte se establezca que las consultas sobre todo proyecto minero las realice el MEM antes de que se autoricen los procesos de exploración y, por otra que las coordinaciones para llevar a cabo ese procedimiento, sea en la minería o en la explotación de hidrocarburos, se realice con los dirigentes de las Comunidades involucradas en los posibles impactos directos de estas actividades (6).

Ambas acciones evitarían que las consultas, como ocurre hasta hoy, se perciban como una forma de exponer y defender solo los intereses de las empresas y sus proyectos generando un innecesario e improductivo enfrentamiento entre las empresas y las comunidades, pero a su vez, daría una mayor garantía de que los derechos que la legislación vigente le reconoce a las comunidades serían respetados.

Tercero, para lograr los objetivos de igualdad que plantea el Convenio 169, reducir las brechas sociales existentes y promover la mayor inclusión de las comunidades en los beneficios de las actividades que se desarrollan en su territorios, se impone, en el corto plazo, modificar las leyes del canon y de las regalías para prescribir que: a) una parte del canon, de modo similar que en la ley de regalías mineras, también llegue o se destine a las comunidades de donde sale el producto, b) lo que corresponde a las comunidades sea manejado por estas de acuerdo a sus prioridades con apoyo de organismos gubernamentales o no gubernamentales y, c) que el Gobierno Regional y los Gobiernos provincial y local que reciben rentas por canon y regalías, privilegien en sus inversiones, las prioridades, que previa consulta, han determinado las comunidades de su jurisdicción para su desarrollo.

Adicionalmente, habría que establecer que un organismo autónomo, conformado por expertos en temas de comunidades y desarrollo, coordine y supervise con el aval del Estado, lo que se realiza en materia de política agraria, educación, salud en relación con las comunidades, vigilando que las prioridades tomen en cuenta las mayores necesidades de esta población y sus particularidades sociales y culturales. En este caso INDEPA, con mayores recursos y con una mejor ubicación dentro de los organismos del Estado podría jugar este papel.

De esta manera, aunque no se elimina la desigualdad social, podemos acercarnos al ambicioso objetivo de constituir una unidad dentro de la diversidad equilibrando, conforme a los principios de la democracia, los derechos de unos y de otros en el país.

¿Son posibles otras vías de solución?

El intento de los gobiernos por trasladar la responsabilidad de las medidas que requiere la aplicación de este Convenio al sector empresarial ha probado su inviabilidad. Por una parte ha exacerbado la percepción de que el Estado solo defiende el interés de las empresas y, por otra, ha generado una confrontación política en la cual las comunidades, asistidas por diversos actores dentro de ese escenario, desarrollan una posición cada vez más dura hacia la presencia y desarrollo de las inversiones sobre todo en el campo de la minería y de los Hidrocarburos, desalentando actividades no sólo rentables sino que, vía políticas distributivas, constituyen una importante palanca financiera para el desarrollo de los sectores más pobres del país.

Persistir en este camino es sencilla y llanamente agudizar la confrontación y finalmente ahondar una situación que se puede convertir en el mayor impedimento para seguir la evolución de un país emergente y, quien sabe, volver a la condición de uno subdesarrollado con todo lo que ello implica.

Dejar que sean los partidos políticos en el Congreso los que resuelvan mediante una ley la aplicación del Convenio 169 cuestión que se discute en el parlamento desde el 2003 sin resultados positivos (10), sería enviar a las calendas griegas las medidas que se requieren para ir resolviendo los conflictos sociales de mayor repercusión en el país. Más aún si se toma en cuenta que el Pleno del Congreso hasta la fecha ha devuelto los proyectos de ley que tratan este asunto porque los proponentes insisten en la figura de que los resultados de las consultas sean vinculantes para el Estado, cuestión sobre la que, la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología, en forma objetiva, sostiene que es ajena al Convenio 169 y contraria a la Constitución (11).

En la medida que, estas alternativas no contribuyen a resolver el problema y se requiere soluciones más eficaces, consideramos que lo mas adecuado es que el poder ejecutivo enmiende, hasta donde alcanzan sus facultades , las distorsiones u omisiones que existe en la actual legislación y asimismo con otras medidas políticas genere los mecanismos más adecuados para fortalecer la presencia del Estado frente a los derechos y objetivos que prescribe el Convenio 169 frente a las comunidades campesinas y nativas.

De este modo, la situación excepcional y propicia por la que pasa el Perú para seguir creciendo y mejorar las perspectivas de su desarrollo, serán debidamente aprovechadas en un ambiente en el cual la unidad nacional se conjugue armoniosamente con la pluralidad social y cultural de nuestro país.


Notas:

(1) “Declaración de Comunidades Indígenas Wampis Awajum del Río Santiago Frente a Exploración y Explotación de Hidrocarburos” en página WEB de AIDISEP.
(2) Véase ¿Quiénes somos? y “Propuesta de Modificación de Ley de Participación y Control Ciudadano” en Página Web de Red Muqui (www.muqui.org ).
(3) De acuerdo a los conceptos del Art. 1 del Convenio OIT 169 los pueblos indígenas y tribales en el Perú están constituidos, de una parte, por las hoy denominadas comunidades campesinas (el término indígena fue desestimado con la reforma agraria de 1969) las mismas que desde el punto de vista histórico y antropológico derivan de los antiguos ayllus, luego convertidos en comunidades por el colonizador y; por otra parte, lo de pueblos tribales corresponde las tribus que aún hoy habitan en la selva peruana que en general eran nómades y devienen de la época igualmente colonial. Se les conoce y son denominadas comunidades nativas.
Hasta el año 2003, conforme a información oficial recogida por el grupo ALLPA, existían 1345 Comunidades Nativas y 5818 comunidades campesinas debidamente reconocidas. Sobre esto último, véase: www.Allpa.org.pe
(4) Véanse al respecto los Arts. 2º , 48º, 88º, 89º y 149º de la Constitución Política.
(5) Desde la década del 50 se gestó un amplio movimiento neoindigenista que involucró a los más importantes sectores de la opinión pública así como a los diversos partidos políticos viejo y nuevo que se desarrollaron en ese escenario. Todos reclamaban u ofrecían al país una reforma agraria que permitiera la integración de los campesinos dejando atrás las formas pre modernas de explotación de la tierra que prevalecían sobre todo en las haciendas de la sierra y que se encontraban estrechamente vinculadas con el fenómeno del gamonalismo.
(6) Durante el Gobierno de Alberto Fujimori con la Constitución de 1993 y posteriormente con la Ley 26505 de Inversión en Territorio de Comunidades Campesinas y Nativas (Año 1995) se reconocieron formalmente los principales derechos de las comunidades previstos en el Convenio 169. Posteriormente con los Gobiernos de Alejandro Toledo y Alan García, en este último caso con problemas serios en los derechos de consulta a las comunidades a raíz de las denominadas leyes de la selva, se ha previsto la protección de los conocimientos colectivos de las comunidades (Ley 27811), se han aprobado los derechos económicos sociales de las poblaciones citadas (DS 017-2006) y asimismo se ha normado el derecho de consulta en el aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica (Ley 26839) y en los asuntos relacionados con las inversiones sobre todo en el sector minero y de hidrocarburos (RM 596-2002, derogada y reemplazada por los Decretos Supremos 012 y 028-2008-EM). Además, en materia de beneficios la ley de regalías mineras promulgada en Junio del 2004 (Ley 28258) ha prescrito que el 50% de lo que percibe el o los municipios locales donde se ubican los yacimientos, deberá invertirse en las Comunidades donde se encuentra el centro minero.
(7) Véanse al respecto los reportes de Conflictos Sociales de Defensoría del Pueblo y el análisis que, en este mismo blog, hacemos del correspondiente a Diciembre del 2008.
(8) Defensoría del Pueblo viene desarrollando una Adjuntía del “Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas”, tiene, además, una unidad de Conflictos Sociales que precisamente destaca en los asuntos que constituyen parte fundamental de la problemática asociada al Convenio OIT 169.
(9) Entendemos por áreas de impacto directo aquellas donde se ubican los pozos u otras instalaciones para extraer el mineral o hidrocarburo y los lugares donde el vertimiento de líquidos u otras sustancias afectan significativamente (por encima de los límites permisibles) el agua que constituye parte de los recursos que utilizan las comunidades.
(10) Véase el “Dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, de Ambiente y Ecología sobre los Proyectos de Ley 413/2006, 427/2006-2007”- Congreso de la República
(11) “En efecto, de la lectura del Convenio 169 de la OIT, se puede determinar que tal carácter vinculante no está previsto. Lo mismo sucede respecto de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas […] Sostener el carácter vinculante de la Consulta implicaría otorgar un derecho de propiedad a los pueblos indígenas respecto de los recursos naturales, lo cual contravendría expresamente el Art. 66 de la Constitución…” Dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, de Ambiente y Ecología sobre los Proyectos de Ley 413/2006, 427/2006-2007- Congreso de la República.

martes, 5 de mayo de 2009

Consultoría: Proyecto Regional Materno y Neonatal en el marco SNIP

Proyecto Regional Materno y Neonatal en el marco SNIP. Gobierno Regional de Ayacucho.



Términos de Referencia



Consultoría : “Formular un proyecto de inversión para fortalecer la gestión del Gobierno Regional para mejorar la Disponibilidad, Calidad y Uso de los establecimientos que cumplen Funciones Obstétricas y Neonatales en la Región Ayacucho en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública”.







ANTECEDENTES




La Mortalidad Materna y Neonatal, en el contexto internacional y nacional, desde un enfoque de derechos humanos, esta siendo cada más visible como un problema de la agenda pendiente de la salud pública, por la desigualdad, inequidades e injusticia social de las poblaciones que son más vulnerables.




La Mortalidad Materna, a causa de complicaciones del embarazo, parto y después del parto, son muertes evitadas e innecesarias, porque las mujeres que sufren estas complicaciones para salvarse requieren de tratamiento médico oportuno y de calidad en los servicios de salud.




A nivel global, muchos Estados han comprometido hacer esfuerzos desde sus gobiernos para alcanzar las metas establecidas en los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), que en 2015 se espera haber logrado mejorar varios indicadores de salud, entre ellas mejorar la salud infantil y haber reducido la Mortalidad Materna en 2/4 partes. El Perú, también es signatario de los ODM. Para el Perú significa alcanzar una Razón de Mortalidad Materna de 66 x 100 mil nv1 en el 2015.




El perfil que describe la situación de la mujeres que mueren por causas relacionadas con su maternidad, en el Perú y sobre todo en la región Ayacucho es: mujeres en su mayoría sin educación, casi con un grado básico de estudios primarios, viven en zonas dispersas y por lo general de extrema pobreza, en condiciones desiguales de oportunidades de acceso a la salud frente al varón, sean por condiciones de género y machismo, el hombre todavía decide si la mujer debe acudir o no a los servicios de salud, muchas veces retrazando la oportunidad de recibir calidad de atención, por lo menos entre 3 - 6 hijos, que quedan en la orfandad. Condición que NO hace posible a las familias pobres salir del círculo de la pobreza.




La Región Ayacucho, desde el año 2000 al 2005, ha venido desarrollando con el asocio del Ministerio de Salud a través de la DIRES Ayacucho, el Instituto Materno Perinatal de Lima, y con el apoyo de Care Perú y la Universidad de Columbia – USA, una intervención exitosa orientada a mejorar la disponibilidad, calidad e incrementar el uso de los servicios que brindan atención obstétrica de emergencia por parte de las mujeres gestantes de la región Ayacucho. (Proyecto FEMME2)




El proyecto fue evaluado por el Ministerio de Salud (2006), logrando ser considerado como una intervención exitosa, no solo por los procesos que han sido generados a nivel de los servicios de salud, las mejoras de las capacidades del personal de salud, y el trabajo comprometido de las autoridades regionales de las diferentes instituciones en el Comité Multisectorial, sino por haber reducido la mortalidad materna en un 50% a la fecha. Logro que ha sido destacado por el Ministerio de Salud, en vista de que lograr mantenerse en esta tendencia es todavía más difícil. (En el año 2000 se reportó 35 MM y en el 2008, se registraron 15 MM).




La evaluación final de impacto, reportó que se han identificado 08 estrategias validadas las cuales pueden ser replicadas en otras regiones con alta mortalidad materna. El Ministerio de Salud, a través de sus diferentes equipos técnicos, el INMP de Lima y otros con el apoyo de CARE Perú, desde agosto del 2007 han venido documentando, sistematizando estas estrategias validadas.




Últimamente y según Resolución Ministerial 223-2009/MINSA se ha aprobado el Documento Técnico: Modelo de Intervención para la mejora de la Disponibilidad, Calidad y Uso de los establecimientos que cumplen Funciones Obstétricas y Neonatales, el cual incluye en su estructura los 08 Módulos de implementación de procesos de estrategias efectivas para mejorar la salud materna y neonatal a través de la organización de la oferta del sistema de salud, disponibles a nivel nacional, a los GR y GL y puedan con diferentes fuentes de financiamiento implementar estas estrategias que les permita reducir la Mortalidad Materna y Neonatal en sus ámbitos.




Lo que hay que destacar es que estas estrategias que generaron evidencias fueron desarrolladas por el personal de salud de la Dirección Regional de Salud e Ayacucho, los cual es un valiosa contribución a la salud pública nacional.




El Gobierno Regional de Ayacucho, a través de la Resolución Ejecutiva Regional N° 214-2009-GRA/PRES de fecha 21 de marzo del 2009, en el artículo primero se DECLARA: Como Política Pública Regional de Salud el Modelo de Intervención para mejorar la Disponibilidad, Calidad y Uso de los servicios que brindan Funciones Obstétricas y Neonatales.


En este contexto la región Ayacucho se convierte en referente nacional e internacional de las estrategias generadas en la lucha contra la mortalidad materna y neonatal, razones entre otras además, por la que diferentes delegaciones de las regiones del país, así como de los países de Bolivia, Nicaragua, Ecuador, Guatemala han visitado la región para conocer las principales lecciones aprendidas. Por otro lado, en la región, en el periodo se han elaborado diferentes reportajes por medios de comunicación internacionales por el trabajo desarrollado en mejorar la salud materna en la región.




CARE , es integrante del Grupo Impulsor Inter Agencial conformado además por UNFPA, UNICEF, OPS/OMS, y la Mesa de Lucha Contra la Pobreza, y USAID/PERU, la finalidad de este Equipo es: Hacer incidencia en todos los niveles, espacios de concertación, Mesas de Lucha Contra la Pobreza Regionales, otros Sectores y Congreso de la República, y lograr acciones concretas que contribuyan en la reducción efectiva de la Mortalidad Materna y Neonatal en el Perú, tomando como meta el 2015, en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.




Finalmente, Ayacucho es la región estratégicamente escogida para iniciar el proceso del Aseguramiento Universal, donde la prioridad de las prestaciones sanitarias será materna e infantil. El Ministerio de Salud y otros sectores están desarrollando diversas acciones y planes para el fortalecimiento de las capacidades de la región.


El Proyecto Regional Materno y Neonatal en sí mismo se convierte en una oportunidad valiosa para el fortalecimiento de capacidades de la oferta de los servicios de salud y del personal en todos los niveles, que permitirá estar en mejores condiciones para atender a la demanda de la población sobre todo en las zonas más pobres de la región y lograr mejorar los indicadores sanitarios en su conjunto.


El ACTA DE ENTENDIMIENTO firmado con el GRA el 22 de enero 2009, y elevado a la Alta Dirección del MINSA, establece que, “El marco para la elaboración de la propuesta de inversión pública, se base en Evidencias Exitosas desarrolladas por el DIRESA Ayacucho, sistematizada en 08 estrategias validadas denominado: “Modelo de Intervención para mejorar la disponibilidad, calidad y uso de los de servicios que brindan atención de las emergencias obstétricas y neonatales en el Peru”.








JUSTIFICACION




El Gobierno del Perú, ha firmado 7 de 8 de los compromisos de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, a fin de alcanzarlos hasta el 2015. Entre los compromisos está el de reducir la mortalidad materna en ¾ partes, frente a lo cual el Ministerio de Salud ha expresado que de los esfuerzos desplegados hoy, se espera llegar a 66 x 100,000 n. v. para ese periodo.
A nivel de América Latina, el Perú se ubica entre los países con alta mortalidad materna al lado de Bolivia y Haití. Desde un enfoque de derechos humanos, puede expresarse como una de las grandes inequidades de las políticas sanitarias sobre todo en las zonas rurales de mayor pobreza y exclusión, pese al crecimiento económico sostenido de los últimos años en el Perú.

Los esfuerzos de la Cooperación Internacional, se enmarcan en el propósito de acompañar a otros actores, fundamentalmente el Estado, en la replica o generalización de un estrategias efectivas basadas en evidencias, desarrollando capacidades estratégicas y posicionamiento institucional.

El esfuerzo inter institucional entre el GRA CARE Perú, se inserta en una estrategia desde el enfoque de derechos humanos en los niveles local, regional y nacional; y busca integrarse en el nivel global para contribuir a combatir la pobreza, discriminación y/o injusticia social que genera la mortalidad materna y la neonatal, incidiendo en la definición e implementación de políticas públicas en los niveles nacionales y subnacionales y contribuyendo además en las metas del milenio de mejorar la salud materna e infantil.

En la última década, el Ministerio de Salud, ha expresado periódicamente como su prioridad en las políticas sectoriales sanitarias el reducir la mortalidad y morbilidad materna, actualmente ello también es parte de la agenda pendiente en el marco de las políticas sociales del actual gobierno.

Varios gobiernos regionales, han determinado como política pública prioritaria de gestión, “reducir la mortalidad materna”, siendo una agenda pendiente el fortalecimiento de capacidades en la gestión estratégica sanitaria en este nuevo contexto de la descentralización, el presente estudio es una posibilidad potente para contribuir con estos desafíos.

Actualmente, en el contexto político y económico en el país, estamos inmersos en un proceso de descentralización y municipalización de la gestión pública; que en estos últimos meses esta incluyendo la distribución de los recursos financieros del Estado, los cuales están siendo transferidos a los gobiernos regionales y locales, el canon minero, gasífero, o de otros recursos del estado. Los esfuerzos del Estado, evidencian una tendencia hacia una distribución a las regiones para que en estas puedan ejecutarse en las principales prioridades políticas, sociales y técnicas que generen el desarrollo regional y/o local sostenible. Este contexto se convierte en una oportunidad para canalizar dichos recursos hacia propuestas de proyectos sociales, en el área de salud, y específicamente en proyectos orientados a mejorar la salud materna y neonatal, basada en aprendizajes, evidencias y estrategias eficaces.

Conjuntamente con el Ministerio de salud, en esto últimos meses se ha concluido la instrumentalización del estudio que concluido se denomina: Modelo de Intervención para la Mejora de la Disponibilidad, Calidad y Uso de los servicios que cumplen Funciones Obstétricas y Neonatales. Este estudio organiza SEGÚN la Resolución Ministerial N° 223-2009/ MINSA, el Modelo describiendo 01 Documento Técnico y 08 Módulos de implementación de estrategias orientadas al fortalecimiento de la gestión del establecimiento que brinda atención de emergencia obstétrica y neonatal en el marco de la normatividad sectorial. El Modelo de Intervención que recoge el aprendizaje desarrollado por la Región de Salud Ayacucho y base de la elaboración de la presente consultoría se compone de:





Documento Técnico del Modelo de Intervención

Manejo estandarizado de las emergencias obstétricas y neonatales

Gestión de la Capacitación en emergencias obstétricas y neonatales

Indicadores de Calidad del FON y de Proceso – ONU, y Uso de registros estandarizados

Auditoria para la atención estandarizada de las emergencias obstétricas y neonatales

Sistema de referencia y contrarreferencia de las emergencias obstétricas y neonatales

Gestión del Riesgo y Prevención de infecciones en los servicios que brindan FON

Atención Materno y Neonatal con Equidad de Género e Interculturalidad en el marco de los derechos humanos en salud

Sistema de implementación, monitoreo y evaluación.


NOTA: Es importante mencionar que existen experiencias exitosas de otras intervenciones que han logrado resultados y efectos importantes en la mejora de la atención a la gestante, puérpera y del recién nacido, como por ejemplo los desarrollados por el Proyecto 2000, Cobertura con Calidad, PARSalud, UNICEF, PASA, AMARES y los propios programas de gobierno (PSBPT, PAAG, Programas Verticales)




Con fecha 22 de enero se ha firmado con el Gobierno Regional de Ayacucho un Acta de Entendimiento para contribuir en la reducción de la Mortalidad Materna y Neonatal en la región Ayacucho. El espíritu marco del documento, hace manifiesta el interés común y la voluntad de trabajar conjuntamente en seguir desarrollando los esfuerzos para lograr la sostenibilidad de la reducción de la mortalidad Materna y Neonatal en la Región Ayacucho.

Con lo descrito en el párrafo anterior, el Gobierno Regional Ayacucho, a través del Señor Presidente Regional Ing° Ernesto Molina Chavez, es expresa la voluntad política y compromiso del GRA, a través de la Gerencia Social, de liderar, apoyar y conducir el desarrollo del Proyecto Regional de Salud Materna y Neonatal en el marco SNIP. (ver documento de la referencia).


El Modelo de Intervención para mejorar la Disponibilidad, Calidad y Uso de los establecimientos que cumplen con las Funciones Obstétricas y Neonatales, aprobado como Documento Técnico según RM 223-2009/MINSA del 06 de abril del 2009, contribuye a través de los 08 Módulos, mencionados en el presente documento, en el fortalecimiento de la gestión sanitaria directamente vinculada con la atención materna y neonatal en los establecimientos de salud del MINSA.




Entre ellos: fortalecimiento de la reforma en salud y fortalecimiento de las capacidades descentralizadas en salud desde el GR y GL; fortalece la capacidad de respuesta de la oferta de los servicios de salud por redes y micro redes a través de la Redes Obstétricas y Neonatales – mejora de la capacidad resolutiva- sobre todo en zonas de alta ruralidad y extrema pobreza; está orientado a mejorar la gestión de la calidad de la atención con oportunidad y calidez; promoviendo la participación social y ciudadana; fortalecimiento de la gestión de la información materna y neonatal; busca mejorar la disponibilidad del RR.HH en zonas de pobreza, fortaleciendo sus competencias para el manejo de las emergencias obstétricas y neonatales. Se sostiene que es necesario desarrollar acciones de motivación y reconocimiento al personal de salud.(Ver Módulos sistematizados).




Buscará con este estudio generar iniciativas de inversión materno neonatal desde el nivel regional y local.





OBJETIVO DE LA CONSULTORIA




Formular un proyecto de inversión para fortalecer la gestión sanitaria del Gobierno Regional para mejorar la disponibilidad, Calidad y Uso de los establecimientos que cumplen Funciones Obstétricas y Neonatales en la Región Ayacucho en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública.




DURACION DE LA CONSULTORIA




El tiempo estimado para la ejecución de la presente consultoría es de 120 días calendario. (Inicia mayo)




AMBITO DE LA CONSULTORIA




La presente consultoría se realizará en el departamento de Ayacucho en coordinación con el Gobierno Regional de Ayacucho (Gerencia Regional de Desarrollo Social, Oficina de Programación e Inversiones del Gobierno Regional Ayacucho -OPI), Dirección Regional de Salud Ayacucho y el Hospital Regional de Ayacucho.




METODOLOGIA




El consultor para cumplir con los productos requeridos según los presentes términos de referencia, deberá contar con un equipo de trabajo entre ellos un profesional de la salud (medico, obstetra o enfermero), un especialista en evaluación de infraestructura (ingeniero civil y/o arquitecto y otros que sean necesarios.

El consultor deberá realizar trabajo de campo y de gabinete; para lo cual deberá elaborar un Plan de trabajo detallado que incluya:




Las etapas, procesos y actividades a realizar en la presente consultoría, detallando las estrategias, metodología, productos, propuesta organizacional para desarrollar y cronograma.

Fichas e instrumentos para el trabajo de campo, definiendo la metodología de recopilación de informacion.




El consultor deberá coordinar el programa y cronograma de actividades propuesto para la elaboración del estudio de pre-inversión con la DIRESA, el Hospital Regional y la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho y en el nivel nacional con las oficinas correspondientes del MINSA.




El consultor y su equipo de trabajo:




Deberá realizar los viajes para las inspecciones de campo a la zona de estudio a fin de recolectar y/o verificar la información necesaria para 1a formulación de los estudios de pre-inversión, así como coordinar con las autoridades y el personal asistencial y técnico de la Direccion Regional de Salud Ayacucho.




Deberá viajar a la Región las veces que sean necesarias para coordinar con la DIRESA el levantamiento de Información de los establecimientos sujetos de intervención, tomando información clave relacionada a la dinámica de la demanda de servicios de salud, necesaria para el desarrollo de su labor.




Deberá evaluar la infraestructura física, equipamiento y procesos de atención existentes (calidad e interculturalidad) de los establecimientos resultantes de la priorización que no cuenten con financiamiento de otros proyectos (PARSALUD) o que cuenten a la fecha por proyectos de preinversión viables.




Deberá evaluar aspectos climatológicos que sean relevantes para el expediente técnico y puedan repercutir en el diseño final de la inversión de los establecimientos priorizados y visitados según el item anterior.




Deberá evaluar las características de las vías de comunicación, así como la disponibilidad y características del transporte y el grado de desarrollo del sistema de Referencia y Contrarreferencia.




e. Trabajo de Gabinete:




Deberá desarrollar el estudio a nivel de perfil, según los requerimientos establecidos y según las directivas del Ministerio de Economía y Finanzas.




Deberá desarrollar el análisis y evaluación de la situación de salud en el ámbito de intervención, identificar y evaluar la demanda de servicios de salud, identificar y evaluar la oferta de servicios de salud, realizar el correspondiente análisis de balance y oferta, identificar y dimensionar las "brechas" o diferencias hasta el nivel de redes y microrredes. Seleccionar y plantear las alternativas de intervención en salud, desarrollar la formulación y evaluación del estudio de inversión, según los lineamientos y procedimientos descritos en la Ley 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), así como en su reglamento, directivas y anexos correspondientes. Esta labor la hará de manera coordinada con la Unidad de Proyectos de inversión de la DIRESA Ayacucho, el Hospital Regional de Ayacucho y la Gerencia Regional de Desarrollo Social de Ayacucho.




El consultor coordinará y validará la propuesta de intervención con las autoridades de las Redes, DIRESA, Hospital Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Social de Ayacucho, luego presentado en el nivel central para retroalimentación con las autoridades correspondientes y realizar los ajustes necesarios.




Así mismo utilizará la Guía de Identificación, Formulación y Evaluación Social de Proyectos de inversión Pública del Sector Salud a nivel de Perfil del MEF, documento de trabajo "Orientaciones para el Desarrollo del Perfil" entre otras directiva del Ministerio de Economía y Finanzas.




El consultor presentará el estudio de pre inversión a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho para su conformidad, luego del cual lo inscribirá en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública o lo remitirá a la DIRESA para el trámite respectivo (este punto se coordinará con la Región el procedimiento respectivo), para ser finalmente elevado a la Oficina de Programación e Inversiones del Gobierno Regional Ayacucho (OPI - GR) para su evaluación.




En caso de existir observaciones por las instancias evaluadoras, el consultor deberá levantar las observaciones, en tiempo no mayor de 15 días de comunicadas, incorporar las sugerencias y comentarios, de tal manera que el estudio de pre inversión pueda ser aprobado por la instancia correspondiente.







VII. PRODUCTOS




Estudio de Preinversión a nivel de Perfil de Proyecto, aprobados por la instancia correspondiente, según lo dispuesto en la Ley N° 27293 Sistema Nacional de Inversión Publica (SNIP), y en su Reglamento.




PRODUCTO 1: Plan de trabajo detallado de la consultoría.




PRODUCTO 2: Presentar la versión preliminar del estudio de pre inversión, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y/o DIRESA, para su revisión y análisis respectivo por las áreas involucradas.




PRODUCTO 3: Presentar la segunda versión del estudio de pre inversión, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y/o DIRESA, incluyendo las sugerencias y levantamiento de observaciones formuladas por el Hospital, la DIRESA, la Gerencia Regional de Desarrollo Social y el MINSA, debidamente firmado y sellado en todas las hojas por el equipo responsable según sus competencias, para su conformidad e inscripción en el Banco de Proyectos del SNIP.




PRODUCTO 4: Presentar la versión final del estudio de pre-inversión con el levantamiento de las observaciones e incorporación de sugerencias (en el caso los hubiera) realizadas durante el proceso de evaluación por la Oficina de Programación de Inversiones del Gobierno Regional de Ayacucho para la declaratoria de viabilidad. El consultor deberá presentar el informe final con observaciones, además entregará la base de datos electrónica en dos juegos de Cds (versión Word y Excel u otro programa que haya sido utilizado) y los documentos originales - formatos de levantamiento de información versión original y una copia.



Los estudios de pre inversión presentados, deben desarrollar los contenidos estipulados en el Sistema Nacional de Inversión Publica, la ficha registros del Banco de Proyectos según la normatividad vigente.



Los estudios de pre inversión deberán contener un archivo fotográfico, documentos de saneamiento de terreno de aquellos establecimientos priorizados para obras de infraestructura, formatos de levantamiento de información, actas de las inspecciones realizadas, documentos de compromisos de sostenibilidad Municipales, Regionales entre otros.



Nota: Los productos establecidos serán socializados a nivel del MINSA y la Región Ayacucho.



Requisitos para la entrega de los productos:



PRODUCTO 1: Plan de Trabajo

Informe dirigido a CARE Perú, que incluye el plan de trabajo presentado a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho y a la DIRESA Ayacucho, acompañado de 2 copias impresas y archivo magnético en dos discos (Cds.) debidamente rotulados.



PRODUCTO 2: Estudios de Pre inversión

Informe dirigido CARE Perú, que incluye el producto presentado a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho y a la DIRESA Ayacucho, acompañado de 2 copias impresas y archivo magnético en dos discos (Cds.) debidamente rotulados.


PRODUCTO 3: Informe Final

Informe dirigido a CARE Perú, que incluye la aprobación del estudio de preinversión por la DIRESA y/o Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho, acompañado de 2 copias impresas y archivo magnético en dos discos (Cds.) debidamente rotulados.



PRODUCTO 4: Presentación del Producto Final

Informe dirigido a CARE Perú, que incluye la viabilidad del estudio de preinversión por la Oficina de Proyectos de Inversión del Gobierno Regional de Ayacucho, acompañado de 2 copias impresas y archivo magnético en dos discos (Cds.) debidamente rotulados.


El formato de presentación de los productos es el siguiente:


Tapa del documento en la que se precisa: nombre del proyecto, nombre de la consultoría, número y nombre del producto, nombre del consultor, número de contrato, la fecha de presentación y logos

Índice de contenidos.

Índice de tablas e índice de gráficos, cuando corresponda.

Lista de abreviaturas o acrónimos, en caso que se usen siglas en el documento.

Cuando se considere necesario se incluirá un glosario de términos que requieran de explicación inicial para facilitar la lectura y comprensión del documento.

Elaborar una propuesta de publicación de los contenidos de la consultoría en formato de libro, con resumen ejecutivo de no más de 4 páginas, que dé cuenta de los aspectos más relevantes por cada Módulo de Aprendizaje.

Se incluirá las referencias bibliográficas utilizadas, al final del documento o como pie de página; citadas en forma adecuada.

El documento debe contener en lo posible fotografías, bloques, tablas y anexos.

El documento presentado debe ser escrito en papel A4, con letra Arial Narrow Nº 12, interlineado sencillo.

El consultor entregará a CARE Perú, dos copias físicas y dos copias en medio magnético del producto, adjuntando factura y/o recibo por honorarios para el pago respectivo una vez aprobado el producto respectivo.


Los organismos cooperantes que participen en el proceso, harán llegar al MINSA una copia de cada producto y el producto final.





VIII. PERFIL REQUERIDO PARA EL EQUIPO CONSULTOR / CONSULTOR
Calificaciones:

El Consultor y su equipo técnico deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:




Jefe del proyecto.- Profesional de la salud, ingeniero, arquitecto, economista o a fin: con estudios complementarios (diplomados, especializaciones y/o postgrado); con amplia experiencia en campo, gestión, administración, elaboración, evaluación de estudios de pre inversión de preferencia en el sector salud; en el marco del Sistema Nacional de Inversión Publica.




Profesional salubrista;- médico, obstetras y enfermeros con estudios de maestría en Salud Publica o afines; con experiencia en la elaboración de estudios de pre inversión




Profesional Evaluador de Infraestructura.- Ingeniero civil o Arquitecto colegiado, con experiencia en la evaluación de infraestructura ~estructuras y exteriores existente.




Capacidad de liderazgo y facilidad de trabajo en equipo y conocimientos de programas informáticos.




Experiencia de trabajo comprobable en programas y/o proyectos en el sector salud (mínimo de dos años) o sectores sociales, de preferencia que haya desarrollado diseño, monitoreo, supervisión y evaluación de componentes de capacitación o formación para personal de salud en proyectos o programas de salud con énfasis en salud materna perinatal.




Experiencia demostrable en la elaboración de material educativo y/o de capacitación para personal de salud comprendiendo programas curriculares referenciales con objetivos educacionales.



IX. MONITOREO AL DESARROLLO DE LA CONSULTORIA


Se conformará un comité conjunto entre el Ministerio de Salud, y CARE Perú para supervisar y monitorear la presente consultoría.


X. COSTO TOTAL DE LA CONSULTORIA



Modalidad de ejecución: por contratación de Consultor Nacional que alcanzará propuesta económica y propuesta técnica.




XI. CRONOGRAMA DE PRODUCTOS A ENTREGAR:


Se establecerá según los plazos establecidos.



X. MONITOREO AL DESARROLLO DE LA CONSULTORIA



Se conformará un Comité conjunto entre el Ministerio de Salud, CARE Perú, Gobierno Regional de Ayacucho, DIRESA y Hospital Regional de Ayacucho para supervisar y monitorear la presente consultoría




XI. OTRAS CONSIDERACIONES




El Consultor deberá viajar a la región de Ayacucho ámbito de la presente Consultoría así como participar en las reuniones de coordinación con Ministerio de Salud, CARE Perú, Gobierno Regional de Ayacucho, DIRESA y Hospital Regional de Ayacucho y en el nivel nacional.

El consultor deberá desarrollar el trabajo en estrecha coordinación con la Unidad de Proyectos de inversión (UPI) de la DIRESA para la ejecución de los planes de trabajo, cronogramas establecidos y alternativas propuestas en el estudio.

El consultor deberá tomar en cuenta la normatividad vigente aprobada por el Ministerio de Salud para la Evaluación de las Funciones Obstétricas y Neonatales; categorización; Diseño de Proyectos de Arquitectura, Equipamiento Biomédico, Sistema de Referencias y Contrarreferencias en los establecimientos de salud, calidad, promoción, Modelo de Atención Integral del niño y la mujer, la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva, casas de espera y otras normas relacionadas con la atención de la salud materna y neonatal del MINSA.

Siendo la presente consultoría por producto, los gastos que ocasionen la participación de especialistas (personal salubrista y/o ingeniero) y personal técnico de apoyo (digitadores) para cumplir con los productos esperados, estarán a cargo del consultor principal.

Ministerio de Salud, CARE Perú, Gobierno Regional de Ayacucho, DIRESA y Hospital Regional de Ayacucho y en el nivel nacional proporcionará al consultor(a) la inducción necesaria, la documentación técnica existente, y facilidades para el desarrollo del trabajo.

El Consultor coordinará la ejecución del estudio con Ministerio de Salud, CARE Perú, Gobierno Regional de Ayacucho, DIRESA y Hospital Regional de Ayacucho, encargado del monitoreo y seguimiento del contrato de consultoría.

El Ministerio de Salud, CARE Perú, Gobierno Regional de Ayacucho, DIRESA y Hospital Regional de Ayacucho están facultados a convocar a reuniones, tanto con el Consultor como con su equipo técnico de especialistas, las veces que considere necesario a fin de sustentar y resolver aspectos sobre el desarrollo del Estudio.

El presente estudio y desarrollo de la consultoría deberá tomar en cuenta los lineamientos de la Descentralización en Salud y el Aseguramiento Universal.




1 Según ENDES, el Perú tiene una razón de Mortalidad Materna de 185 x 100 mil nv.

2 FEMME: Fundamentos para mejorar la atención de las emergencias obstétricas)

1
Versión 13 de abril del 2009.


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Proyecto Regional Materno y Neonatal en el marco SNIP. Gobierno Regional de Ayacucho.

Términos de Referencia



Consultoría : “Formular un proyecto de inversión para fortalecer la gestión del Gobierno Regional para mejorar la Disponibilidad, Calidad y Uso de los establecimientos que cumplen Funciones Obstétricas y Neonatales en la Región Ayacucho en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública”.




DURACION DE LA CONSULTORIA : 120 días calendario. (Inicia mayo)




AMBITO DE LA CONSULTORIA : Departamento de Ayacucho en coordinación con el Gobierno Regional de Ayacucho (Gerencia Regional de Desarrollo Social, Oficina de Programación e Inversiones del Gobierno Regional Ayacucho -OPI), Dirección Regional de Salud Ayacucho y el Hospital Regional de Ayacucho.




METODOLOGIA :




El consultor para cumplir con los productos requeridos según los presentes términos de referencia, deberá contar con un equipo de trabajo entre ellos un profesional de la salud (medico, obstetra o enfermero), un especialista en evaluación de infraestructura (ingeniero civil y/o arquitecto y otros que sean necesarios.




El consultor deberá realizar trabajo de campo y de gabinete; para lo cual deberá elaborar un Plan de trabajo detallado que incluya:




Las etapas, procesos y actividades a realizar en la presente consultoría, detallando las estrategias, metodología, productos, propuesta organizacional para desarrollar y cronograma.

Fichas e instrumentos para el trabajo de campo, definiendo la metodología de recopilación de información.







VII. PRODUCTOS : Estudio de Preinversión a nivel de Perfil de Proyecto, aprobados por la instancia correspondiente, según lo dispuesto en la Ley N° 27293 Sistema Nacional de Inversión Publica (SNIP), y en su Reglamento.




PRODUCTO 1: Plan de trabajo detallado de la consultoría.




PRODUCTO 2: Presentar la versión preliminar del estudio de pre inversión, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y/o DIRESA, para su revisión y análisis respectivo por las áreas involucradas.




PRODUCTO 3: Presentar la segunda versión del estudio de pre inversión, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y/o DIRESA, incluyendo las sugerencias y levantamiento de observaciones formuladas por el Hospital, la DIRESA, la Gerencia Regional de Desarrollo Social y el MINSA, debidamente firmado y sellado en todas las hojas por el equipo responsable según sus competencias, para su conformidad e inscripción en el Banco de Proyectos del SNIP.




PRODUCTO 4: Presentar la versión final del estudio de pre-inversión con el levantamiento de las observaciones e incorporación de sugerencias (en el caso los hubiera) realizadas durante el proceso de evaluación por la Oficina de Programación de Inversiones del Gobierno Regional de Ayacucho para la declaratoria de viabilidad. El consultor deberá presentar el informe final con observaciones, además entregará la base de datos electrónica en dos juegos de Cds (versión Word y Excel u otro programa que haya sido utilizado) y los documentos originales - formatos de levantamiento de información versión original y una copia.




VIII. PERFIL REQUERIDO PARA EL EQUIPO CONSULTOR / CONSULTOR
Calificaciones:

El Consultor y su equipo técnico deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:




Jefe del proyecto.- Profesional de la salud, ingeniero, arquitecto, economista o a fin: con estudios complementarios (diplomados, especializaciones y/o postgrado); con amplia experiencia en campo, gestión, administración, elaboración, evaluación de estudios de pre inversión de preferencia en el sector salud; en el marco del Sistema Nacional de Inversión Publica.




Profesional salubrista;- médico, obstetras y enfermeros con estudios de maestría en Salud Publica o afines; con experiencia en la elaboración de estudios de pre inversión




Profesional Evaluador de Infraestructura.- Ingeniero civil o Arquitecto colegiado, con experiencia en la evaluación de infraestructura ~estructuras y exteriores existente.




Capacidad de liderazgo y facilidad de trabajo en equipo y conocimientos de programas informáticos.




Experiencia de trabajo comprobable en programas y/o proyectos en el sector salud (mínimo de dos años) o sectores sociales, de preferencia que haya desarrollado diseño, monitoreo, supervisión y evaluación de componentes de capacitación o formación para personal de salud en proyectos o programas de salud con énfasis en salud materna perinatal.




Experiencia demostrable en la elaboración de material educativo y/o de capacitación para personal de salud comprendiendo programas curriculares referenciales con objetivos educacionales.







X. COSTO TOTAL DE LA CONSULTORIA : Modalidad de ejecución: por contratación de Consultor Nacional que alcanzará propuesta económica y propuesta técnica.




Los interesados sírvanse enviar sus propuestas foneeglio@care.org.pe con copia a rrhh@care.org.pe hasta el 10 de mayo del 2009.